• Portada
  • Historia
  • Hemeroteca
  • Suscripción
  • Redacción
  • Acceso
  • Registro
  • Editorial
  • Artículos
  • Actualidad
    • Actualidad política
    • Actualidad religiosa
  • Secciones
    • Orientaciones bibliográficas
    • Hemos leído
    • Iglesia perseguida
    • Pequeñas lecciones de historia
    • In memoriam
    • 75 años
    • Año de la oración
  • Jubileo del Sagrado Corazón
    • Monumentos dedicados al Sagrado Corazón de Jesús
    • La Devoción al Corazón de Jesús
    • Centenario Consagración de España al Corazón de Jesús
    • Consagración al Corazón de Jesús
CRISTIANDAD
  • Editorial
  • Artículos
  • Actualidad
    • Actualidad política
    • Actualidad religiosa
  • Secciones
    • Orientaciones bibliográficas
    • Hemos leído
    • Iglesia perseguida
    • Pequeñas lecciones de historia
    • In memoriam
    • 75 años
    • Año de la oración
  • Jubileo del Sagrado Corazón
    • Monumentos dedicados al Sagrado Corazón de Jesús
    • La Devoción al Corazón de Jesús
    • Centenario Consagración de España al Corazón de Jesús
    • Consagración al Corazón de Jesús
CRISTIANDAD

La Ley islámica sigue ganando terreno en Europa

Por Gerardo Manresa Presas
febrero 2019
en Actualidad, Actualidad política
4 min de lectura

No es noticia que el número de musulmanes que viven en Europa crece cada día, pero quizás no somos plenamente conscientes de las consecuencias de este fenómeno, derivadas de la naturaleza del islam. Porque el islam no es sólo una religión, al menos desde nuestra noción de la misma. Para el islam no es concebible ninguna distinción entre ámbitos religioso, político, legislativo, social…
Es por ello que el islam implica la imposición de la ley islámica, la Sharía, allá donde tiene la suficiente fuerza para hacerlo. No es, pues, de extrañar que, a medida que ganan en presencia y fuerza, los musulmanes intenten conseguir la aplicación de la ley islámica, inicialmente sólo para ellos, para más adelante intentar llegar a una situación equiparable a la de los estados donde hoy en día ya se aplica la Sharía.
La cuestión ya no es un debate teórico, sino que está llegando a nuestros tribunales y ya tiene consecuencias prácticas de enorme gravedad. El pasado mes de octubre de 2018 el director del Centro Europeo para la Ley y la Justicia, el francés Gregor Puppink, alertaba de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos había optado «por la concepción musulmana» de la libertad de expresión «de conformidad con la ley de la Sharía» al condenar a una mujer que, en el curso de una conferencia titulada Conocimientos básicos sobre el islam celebrada en Austria, aseguró que el matrimonio consumado de Mahoma con una niña de 9 años sólo podía calificarse como pedofilia. Dos nuevas sentencias en estos inicios de 2019 parecen indicar que no estamos ante un hecho aislado.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos acepta la Sharía bajo ciertas condiciones

PublicacionesRelacionadas

Nota Pastoral de la CIV Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española

Los pequeños ostensorios

diciembre 2016
Nota Pastoral de la CIV Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española

El Papa vuelve a llamar la atención sobre la acción del diablo

marzo 2019
La lucha por la explanada de Jerusalén se intensifica

El polémico genocidio armenio

mayo 2015

En primer lugar, una nueva sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que parece cambiar su criterio en cuanto a la ley islámica. Si hasta ahora el citado Tribunal consideraba que la Sharía era, por su propia naturaleza, incompatible con los valores expresados en las declaraciones de derechos humanos, esto ya no es así después de la sentencia del caso Molla Sali v. Grecia: ahora el Tribunal acepta la aplicación de la Sharía en Europa en ciertas condiciones, lamentablemente imprecisas.
Ha sido Gregor Puppink quien ha recordado que en 2003 el TEDH confirmó la disolución de un partido político islamista porque pretendía instaurar la Sharía en Turquía: los jueces de Estrasburgo concluyeron que existía «incompatibilidad de la Sharía con los principios fundamentales de la democracia» y con las normas de la Convención Europea de los Derechos del Hombre.
Ahora el Tribunal cambia de criterio, evita esta condena de principio de la Sharía y acepta su aplicación como supletoria del derecho común griego. De hecho, la aplicación de la Sharía en Grecia tiene una larga historia: al arrebatar al Imperio otomano la Tracia occidental, Grecia siguió aplicando la Sharía a la población musulmana, algo que se recogió en los tratados de Sèvres (1920) y Lausanne (1923). De este modo, la Sharía se ha estado aplicando de modo obligatorio a los musulmanes de Tracia en materia de matrimonio, divorcio y sucesión.
Una mujer de nacionalidad griega denunció a su país ante el TEDH contra esta aplicación al verse privada de la mayor parte de la herencia de su difunto esposo en aplicación de la Sharía y en contra de la voluntad de éste, que quería legarle sus bienes a su esposa en aplicación del derecho común. La justicia griega anuló ese testamento sobre la base de que un matrimonio musulmán tiene la obligación de aplicar la Sharía a la herencia, lo que significa que la mayor parte de la herencia va a parar a las manos de las hermanas del difunto. El Tribunal ha resuelto ahora que la aplicación de la Sharía tiene que ser opcional, pero al mismo tiempo expone las condiciones para la aplicación de la Sharía en Europa. El Tribunal estima que un estado puede, si así lo desea, «crear un cuadro jurídico determinado para acordar a las minorías religiosas un estatuto especial que implique privilegios particulares». O sea, que un estado europeo puede conceder a su comunidad musulmana la libertad de regirse por las leyes de la Sharía sin que esto contravenga la Convención Europea de Derechos del Hombre. ¿Bajo qué condiciones? Se habla de dos: el respeto a la voluntad de los interesados y los mucho más oscuros «intereses públicos importantes».
En relación a la primera condición, el Tribunal habla del «derecho a la libre identificación», esto es, nadie puede ser obligado a ser considerado miembro de una comunidad determinada. Esto significaría que la Sharía sólo puede aplicarse sobre alguien si previamente lo ha aceptado. Sobre el contenido de la propia Sharía el Tribunal no emite opinión alguna, aceptando que cualquiera puede renunciar a ciertos derechos por motivos religiosos con el único límite de aquel difuso «interés público importante» que el Tribunal ni define ni aclara a través de ejemplos.

Alemania reconoce los matrimonios con menores

La otra sentencia es del Tribunal federal de justicia alemán, que ha establecido que una nueva ley que veta el matrimonio con menores es inconstitucional, puesto que todos los matrimonios, incluidos los matrimonios infantiles permitidos por la Sharía, están bajo la protección de la ley fundamental alemana.
La sentencia obedece al caso de dos primos sirios, él de 21 años y ella de catorce, llegados a Alemania en 2015. El chico reclamaba que le fuera reconocida su condición de cónyuge, pero inicialmente el matrimonio con una menor, contraído en Siria de acuerdo a la ley islámica, no fue reconocido en Alemania. Ahora, el Tribunal superior dictamina que debe reconocerse. Un reconocimiento que se extenderá a los casi 1.500 menores musulmanes que han contraído matrimonio y viven en Alemania. Este reconocimiento de la Sharía puede tener importantes derivadas: ¿Será reconocida otra figura no admitida hasta ahora en Alemania pero que la Sharía sí permite como la poligamia?
Sean cuales sean los futuros desarrollos, lo cierto es que un número creciente de musulmanes en Alemania vive de espaldas a la legislación alemana y se rige por los tribunales informales de la Sharía que ya proliferan por todo el país: se estima que son casi 500 los jueces que dirimen controversias civiles entre musulmanes de acuerdo a la ley islámica.

Etiquetas: Derechos del hombreIslamismoLa sharia o la voluntad de Alá escritaMatrimonios de menoresTribunal europeo de derechos humanosTribunales alemanes
Publicación anterior

«Consagración de los jóvenes al Inmaculado Corazón de María»

Siguiente publicación

China presiona a Taiwán, la provincia rebelde y último refugio de libertad

Publicaciones Relacionadas

Nota Pastoral de la CIV Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española
Actualidad

La «enmienda Amess»

octubre 2021

El 15 de octubre el político británico sir David Amess (1952-2021), casado y con cinco hijos, murió asesinado a manos de un joven británico musulmán de ascendencia somalí mientras atendía a los ciudadanos de su circunscripción (Southend West) en...

Nota Pastoral de la CIV Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española
Actualidad

Veintidós misioneros asesinados en el año 2021

febrero 2022

Según los datos recogidos por la Agencia Fides, en el año 2021 fueron asesinados 22 misioneros en el mundo: once en África (7 sacerdotes, 2 religiosos, 2 laicos), siete en América (4 sacerdotes, 1 religioso, 2 laicos), tres en...

Buscar por fecha…

¡Clama ne cesses!

Últimas publicaciones

«NO ESTÁIS LLAMADOS SÓLO A RECORDAR A LOS MÁRTIRES, SINO A APOYAROS EN SU EJEMPLO PARA QUE CRISTO VUELVA A PASAR POR VUESTRAS CALLES»

abril 2026
La actualidad de san José

La actualidad de san José

marzo 2026

San José, modelo de amor casto y esponsal

marzo 2026

Temas

Actualidad Actualidad Política Actualidad Religiosa Apostolado de la oración Cataluña Comunismo Cristiandad, Revista Cristo Rey Editorial España Estados Unidos Eucaristía Europa Familia Filosofía Fragmentos Francia Grabados Historia Iglesia Inglaterra Israel León XIII Liberalismo Mariología Navidad Orlandis i Despuig S.I., Ramón PAPAS (alocuciones, discursos, fragmentos,etc.). Persecución Religiosa Poesía Pío IX, Beato Pío XII Reino de Cristo Religión Rusia Sagrado Corazón de Jesús San Juan XXIII Santa Teresita del Niño Jesús Schola Cordis Iesu Sociología Sociología cristiana Teología de la Historia Varios Vaticano II, Concilio Virgen María

Plura ut unum

Los hermanos Lémann y el Postulatum pro hebraeis

Los hermanos Lémann y el Postulatum pro hebraeis

diciembre 2020
«El programa de la época es la persecución»

«El programa de la época es la persecución»

octubre 2020

El belén, escuela de sencillez

diciembre 2019
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Política de contratación
CRISTIANDAD - Al Reino de Cristo por los Corazones de Jesús y María.

Copyright © 2015-2026. CRISTIANDAD. Todos los derechos reservados. Powered by APG.

¡Bienvenido a CRISTIANDAD!

Identifícate con tu cuenta

¿Olvidaste la contraseña? Regístrate

¡Crea una nueva cuenta!

Rellena el siguiente formulario

Rellena todos los campos. Identifícate

Recupera tu contraseña

Por favor, introduce tu nombre de usuario o dirección de correo electrónico para restablecer tu contraseña.

Identifícate
Gestionar consentimiento
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}
  • Editorial
  • Artículos
  • Actualidad
    • Actualidad política
    • Actualidad religiosa
  • Secciones
    • Orientaciones bibliográficas
    • Hemos leído
    • Iglesia perseguida
    • Pequeñas lecciones de historia
    • In memoriam
    • 75 años
    • Año de la oración
  • Jubileo del Sagrado Corazón
    • Monumentos dedicados al Sagrado Corazón de Jesús
    • La Devoción al Corazón de Jesús
    • Centenario Consagración de España al Corazón de Jesús
    • Consagración al Corazón de Jesús
  • Acceso
  • Regístrate
  • Carrito
¿Seguro que quieres desbloquear esta publicación?
Desbloqueos disponibles : 0
¿Seguro que quieres cancelar la suscripción?