No es noticia que el número de musulmanes que viven en Europa crece cada día, pero quizás no somos plenamente conscientes de las consecuencias de este fenómeno, derivadas de la naturaleza del islam. Porque el islam no es sólo una religión, al menos desde nuestra noción de la misma. Para el islam no es concebible ninguna distinción entre ámbitos religioso, político, legislativo, social…
Es por ello que el islam implica la imposición de la ley islámica, la Sharía, allá donde tiene la suficiente fuerza para hacerlo. No es, pues, de extrañar que, a medida que ganan en presencia y fuerza, los musulmanes intenten conseguir la aplicación de la ley islámica, inicialmente sólo para ellos, para más adelante intentar llegar a una situación equiparable a la de los estados donde hoy en día ya se aplica la Sharía.
La cuestión ya no es un debate teórico, sino que está llegando a nuestros tribunales y ya tiene consecuencias prácticas de enorme gravedad. El pasado mes de octubre de 2018 el director del Centro Europeo para la Ley y la Justicia, el francés Gregor Puppink, alertaba de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos había optado «por la concepción musulmana» de la libertad de expresión «de conformidad con la ley de la Sharía» al condenar a una mujer que, en el curso de una conferencia titulada Conocimientos básicos sobre el islam celebrada en Austria, aseguró que el matrimonio consumado de Mahoma con una niña de 9 años sólo podía calificarse como pedofilia. Dos nuevas sentencias en estos inicios de 2019 parecen indicar que no estamos ante un hecho aislado.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos acepta la Sharía bajo ciertas condiciones
En primer lugar, una nueva sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que parece cambiar su criterio en cuanto a la ley islámica. Si hasta ahora el citado Tribunal consideraba que la Sharía era, por su propia naturaleza, incompatible con los valores expresados en las declaraciones de derechos humanos, esto ya no es así después de la sentencia del caso Molla Sali v. Grecia: ahora el Tribunal acepta la aplicación de la Sharía en Europa en ciertas condiciones, lamentablemente imprecisas.
Ha sido Gregor Puppink quien ha recordado que en 2003 el TEDH confirmó la disolución de un partido político islamista porque pretendía instaurar la Sharía en Turquía: los jueces de Estrasburgo concluyeron que existía «incompatibilidad de la Sharía con los principios fundamentales de la democracia» y con las normas de la Convención Europea de los Derechos del Hombre.
Ahora el Tribunal cambia de criterio, evita esta condena de principio de la Sharía y acepta su aplicación como supletoria del derecho común griego. De hecho, la aplicación de la Sharía en Grecia tiene una larga historia: al arrebatar al Imperio otomano la Tracia occidental, Grecia siguió aplicando la Sharía a la población musulmana, algo que se recogió en los tratados de Sèvres (1920) y Lausanne (1923). De este modo, la Sharía se ha estado aplicando de modo obligatorio a los musulmanes de Tracia en materia de matrimonio, divorcio y sucesión.
Una mujer de nacionalidad griega denunció a su país ante el TEDH contra esta aplicación al verse privada de la mayor parte de la herencia de su difunto esposo en aplicación de la Sharía y en contra de la voluntad de éste, que quería legarle sus bienes a su esposa en aplicación del derecho común. La justicia griega anuló ese testamento sobre la base de que un matrimonio musulmán tiene la obligación de aplicar la Sharía a la herencia, lo que significa que la mayor parte de la herencia va a parar a las manos de las hermanas del difunto. El Tribunal ha resuelto ahora que la aplicación de la Sharía tiene que ser opcional, pero al mismo tiempo expone las condiciones para la aplicación de la Sharía en Europa. El Tribunal estima que un estado puede, si así lo desea, «crear un cuadro jurídico determinado para acordar a las minorías religiosas un estatuto especial que implique privilegios particulares». O sea, que un estado europeo puede conceder a su comunidad musulmana la libertad de regirse por las leyes de la Sharía sin que esto contravenga la Convención Europea de Derechos del Hombre. ¿Bajo qué condiciones? Se habla de dos: el respeto a la voluntad de los interesados y los mucho más oscuros «intereses públicos importantes».
En relación a la primera condición, el Tribunal habla del «derecho a la libre identificación», esto es, nadie puede ser obligado a ser considerado miembro de una comunidad determinada. Esto significaría que la Sharía sólo puede aplicarse sobre alguien si previamente lo ha aceptado. Sobre el contenido de la propia Sharía el Tribunal no emite opinión alguna, aceptando que cualquiera puede renunciar a ciertos derechos por motivos religiosos con el único límite de aquel difuso «interés público importante» que el Tribunal ni define ni aclara a través de ejemplos.
Alemania reconoce los matrimonios con menores
La otra sentencia es del Tribunal federal de justicia alemán, que ha establecido que una nueva ley que veta el matrimonio con menores es inconstitucional, puesto que todos los matrimonios, incluidos los matrimonios infantiles permitidos por la Sharía, están bajo la protección de la ley fundamental alemana.
La sentencia obedece al caso de dos primos sirios, él de 21 años y ella de catorce, llegados a Alemania en 2015. El chico reclamaba que le fuera reconocida su condición de cónyuge, pero inicialmente el matrimonio con una menor, contraído en Siria de acuerdo a la ley islámica, no fue reconocido en Alemania. Ahora, el Tribunal superior dictamina que debe reconocerse. Un reconocimiento que se extenderá a los casi 1.500 menores musulmanes que han contraído matrimonio y viven en Alemania. Este reconocimiento de la Sharía puede tener importantes derivadas: ¿Será reconocida otra figura no admitida hasta ahora en Alemania pero que la Sharía sí permite como la poligamia?
Sean cuales sean los futuros desarrollos, lo cierto es que un número creciente de musulmanes en Alemania vive de espaldas a la legislación alemana y se rige por los tribunales informales de la Sharía que ya proliferan por todo el país: se estima que son casi 500 los jueces que dirimen controversias civiles entre musulmanes de acuerdo a la ley islámica.